Calculadora LGD: te ayudamos a cumplir con la Ley General de Discapacidad

Te ayudamos con el cumplimiento legal para la inclusión de las personas con discapacidad en tu empresa.
En FEMCET ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de cumplir con la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, recurriendo a las medidas alternativas, bien a través de la contratación de servicios externalizados de nuestro Centro Especial de Trabajo , y/o mediante la opción de realizar donaciones a la Fundación de Esclerosis Múltiple, para sus programas asistenciales, de empleo y de formación de personas con esclerosis múltiple y otras discapacidades en situación de vulnerabilidad.

Medidas alternativas

Calcula las personas con discapacidad que deberías tener en plantilla y el importe de las medidas alternativas para cumplir la normativa LGD, ya sea a través de la contratación de productos o servicios a Centros Especiales de Empleo (CEE) o de una Donación

Valor oficial IPREM 2024

  • IPREM Diario: 20,00 €
  • IPREM Mensual: 600,00 €
  • IPREM Anual – 12 pagues: 7200,00 €
  • IPREM Anual – 14 pagues: 8.400,00 €

Calculadora para cumplir con la Ley General de Discapacidad

*La cantidad calculada es orientativa, ya que puede variar según la comunidad autónoma, cómputo de contratación temporal y cambios en el IPREM. Los resultados de la calculadora muestran el total para cada una de las opciones, contratación de servicios a un CEE o bien Donación, pero no es la suma de las mismas.

Preguntas
frecuentes

Todas las empresas -públicas o privadas- que tengan más de 50 empleados deben contratar al menos un 2% de trabajadores con discapacidad. Este Decreto Ley entró en vigor el 4 de diciembre de 2013

Si quieres saber más sobre esta ley, visita nuestro artículo dedicado a la LGD.

La finalidad de las Medidas Alternativas es la creación de empleo para personas con discapacidad a través de la colaboración de la empresa con Centros Especiales de Empleo o donaciones a través de fundaciones dedicadas a la promoción laboral de personas con discapacidad.
El importe se basa en el IPREM y la normativa indica que el importe del contrato debe ser de 3 veces el IPREM, en 12 pagas, por cada persona con discapacidad que se debería contratar. En el caso del pago mediante donaciones, el importe donado para cumplir con la LGD debe ser de 1,5 veces el IPREM, en 12 pagas, por cada persona con discapacidad que correspondería tener en plantilla.
Sí, se pueden realizar contratos a través de un Centro Especial de Empleo y donaciones de forma simultánea e incluso con diferentes centros, proveedores y donatarios.
Te recomendamos que utilices la calculadora LGD que ponemos a tu disposición más arriba. Podrás calcular las personas con discapacidad que deberías tener en plantilla y cuánto es el importe de las medidas alternativas, tanto en Centros Especiales de Empleo o a través de una donación.
Es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples cuyo valor se determina en los Presupuestos Generales del Estado. Este indicador establece el límite de las rentas personales y familiares que sirve de referencia para la concesión de subvenciones y ayudas.

Deberás acreditar que efectivamente no puedes contratar a una persona con discapacidad por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas o bien porque la demanda de empleo supera la oferta. En cualquier caso, debes presentar una Solicitud de Declaración de Excepcionalidad y de adopción de Medidas Alternativas en el portal de Servicio Público de Empleo.

La solicitud de excepcionalidad para aplicar las Medidas Alternativas la debes presentar en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma si todos los centros de trabajo de la empresa están en esa comunidad autónoma o bien más del 85% de la plantilla está ubicada en esa comunidad autónoma. En caso contrario, sería competencia del SEPE.
Una vez concedido el Certificado de Excepcionalidad, este tiene una vigencia de 3 años. Pasado este tiempo deberás solicitarlo de nuevo con las justificaciones pertinentes.
El objetivo de los Centros Especiales de Empleo es dar respuesta a las personas con discapacidad que se encuentran en situación de desempleo. Pueden ser asociaciones, fundaciones, sociedades mercantiles pero su característica principal es que al menos el 70% de su plantilla deben ser personas con discapacidad y la Administración los ha calificado como Centro Especial de Empleo. A través de los CEE puedes contratar la prestación de servicios ajenos a la actividad normal de la empresa o bien para que se encargue de suministrar materias primas, maquinaria u otro tipo de bienes necesarios para desarrollar la actividad de la empresa.

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