Obligaciones para empresas de más de 50 trabajadores

Existen una serie de obligaciones que las empresas con más de 50 trabajadores deben tomar, para salvaguardar los derechos de los trabajadores y trabajadoras, evitar la discriminación y promover la diversidad en las plantillas.

Si tu empresa tiene más de 50 personas trabajadoras, estas son algunas de las obligaciones que tienes que cumplir. 

Obligaciones para empresas de más de 50 trabajadores

Contratación de personas con discapacidad

La Ley de Discapacidad dictamina que las empresas de 50 trabajadores o más deben tener, al menos, un 2% de su plantilla reservada para personas con discapacidad, lo que se conoce como cuota de reserva. Las empresas que no lo cumplan pueden ser sancionadas con multas.

Como excepción a la cuota de reserva, las empresas también pueden contratar servicios externos a través de centros especiales de empleo, como el de femcet, formados casi en su totalidad por trabajadores con discapacidad. Es una forma de cumplir con la legalidad y, además, contribuir a la inserción laboral de las personas con discapacidad. 

Elaborar y aplicar un Plan de Igualdad

Las empresas de más de 50 trabajadores, desde la aplicación del Real Decreto ley 6/2019, deben definir políticas de igualdad para evitar y detectar posibles discriminaciones por razones de género. Estas políticas, elaboradas y registradas en el Plan de Igualdad, no funcionan solo como herramienta divulgativa, sino que sirven para detectar y actuar en casos de acoso sexual en el trabajo. Esta medida, aunque se aprobó en 2019, se ha implementado de forma paulatina, y es de obligado cumplimiento desde marzo de 2022. El incumplimiento de la elaboración y el registro del Plan de Igualdad ante el Ministerio de Trabajo puede comportar sanciones de hasta 225.000 €. 

En materia de igualdad de género también existe la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (Ley 3/2007), aplicable para todo tipo de empresas y que especifica medidas para prevenir el acoso laboral. 


Preservar la seguridad y la salud de los trabajadores

El Comité de Seguridad y Salud es un órgano obligatorio para las empresas de más de 50 trabajadores. Este Comité está especializado en materia de prevención de riesgos laborales, y está formado por los delegados de prevención (representantes de los trabajadores especializados en la prevención de riesgos laborales) y por el empresario o sus representantes, en igual número de personas. 

Garantías en el despido colectivo

En caso de llevar a cabo despidos colectivos, las empresas de más de 50 trabajadores deben ofrecer obligatoriamente un plan de recolocación externa a su personal a través de empresas autorizadas, además de incluir medidas de formación y orientación laboral. 

Ir al contenido